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Calculadora de sueldo líquido

Desde el sueldo base, con la gratificación legal incluida, calcula los descuentos de AFP, salud, seguro de cesantía e Impuesto Único, y cuánto recibe el colaborador.

Ajustar UF, UTM e ingreso mínimo

Qué considera: gratificación legal del art. 50 (25% de la remuneración mensual, con tope de 4,75 ingresos mínimos al año). Qué no considera: gratificación por utilidades (art. 47), horas extra, anticipos, préstamos ni otros descuentos o haberes.

Cálculo referencial con parámetros 2026 de la Superintendencia de Pensiones y del SII. Las comisiones de las AFP y la UTM cambian con el tiempo: verifícalas antes de usar el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el sueldo líquido de un trabajador y cómo se calcula?

Es lo que recibe el colaborador después de los descuentos. Se calcula así: sueldo imponible (sueldo base, gratificación y otros haberes imponibles) menos AFP, salud, seguro de cesantía e Impuesto Único de Segunda Categoría, más los haberes no imponibles como colación y movilización.

¿Cuánto cobra cada AFP de comisión?

Según la Superintendencia de Pensiones, estas son las comisiones sobre la renta imponible que usa esta calculadora: Uno 0,46%, Modelo 0,58%, PlanVital 1,16%, Habitat 1,27%, Capital 1,44%, Cuprum 1,44% y Provida 1,45%. Pueden cambiar con aviso previo, por lo que conviene verificarlas en spensiones.cl.

¿Qué descuentos se hacen al sueldo?

Del sueldo imponible se descuenta la cotización de AFP (10% más la comisión de la AFP), la de salud (7% como mínimo, en Fonasa o Isapre), el seguro de cesantía si el contrato es indefinido (0,6% a cargo del colaborador) y, si corresponde, el Impuesto Único de Segunda Categoría.

¿Cómo se calcula la gratificación legal?

Según el artículo 50 del Código del Trabajo, es el 25% de la remuneración mensual, con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales al año (dividido en 12 para el pago mensual). Con el ingreso mínimo de $553.553 vigente desde el 1 de mayo de 2026, el tope mensual es de $219.115. Es imponible y tributable.

¿Cuándo vuelve a subir el sueldo mínimo?

Hoy el sueldo mínimo es de $553.553 (desde el 1 de mayo de 2026). Según la Ley 21.830, el próximo reajuste es el 1 de enero de 2027. La ley dice que ese día el sueldo mínimo sube según la inflación acumulada entre mayo y diciembre de 2026. Fuentes: el Diario Oficial y la Dirección del Trabajo. Importante: solo consideramos un nuevo monto cuando está aprobado y publicado en el Diario Oficial.

¿Cuál es el tope imponible en 2026?

En 2026 el tope para AFP y salud es de 90 UF al mes, y el del seguro de cesantía es de 135,2 UF. Sobre esos montos no se cotiza.

¿Por qué hay que ingresar la UTM y la UF?

El Impuesto Único se calcula en tramos medidos en UTM, y los topes imponibles se miden en UF. Ambas cambian cada mes, por eso puedes ajustarlas en esta calculadora.

¿Esto reemplaza una liquidación de sueldo?

No. Es un cálculo referencial. Una liquidación real depende de cada contrato (gratificación, horas extra, anticipos, otros descuentos). Nosotros nos encargamos de las remuneraciones de tu empresa.